Derechos del Residente y Recursos
Cada residente tiene derechos fundamentales que nos comprometemos a proteger y defender.

Aviso Legal
La información en esta página se proporciona solo para fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Los derechos de los residentes están protegidos por la Sección 1569.261 del Código de Salud y Seguridad de California y el Título 22 del Código de Regulaciones de California, Sección 87468. Para preguntas legales específicas, por favor consulte con un abogado o contacte a la División de Licencias de Cuidado Comunitario del Departamento de Servicios Sociales de California.
Derechos del Residente
En Granada Residence, reconocemos y respetamos los derechos fundamentales de todos los residentes. Estos derechos están protegidos por la ley estatal de California, incluyendo la Sección 1569.261 del Código de Salud y Seguridad y el Título 22 del Código de Regulaciones de California, y son integrales a nuestro compromiso de brindar atención de calidad con dignidad y respeto.
- •El derecho a ser tratado con dignidad, respeto y pleno reconocimiento de su individualidad y privacidad
- •El derecho a una privacidad razonable en alojamiento, tratamiento médico, cuidado personal, comunicaciones y visitas
- •El derecho a estar libre de abuso físico, verbal, mental o emocional, negligencia y explotación
- •El derecho a estar completamente informado de sus derechos, servicios disponibles y su propia condición de salud
- •El derecho a participar plenamente en la planificación de su cuidado, incluyendo asistir y participar en reuniones de planificación del cuidado
- •El derecho a tener visitantes de su elección en los momentos que elija, siempre que no interfiera con los derechos de otro residente
- •El derecho a comunicarse libremente con familia, amigos y otros, incluyendo enviar y recibir correspondencia sin abrir
- •El derecho a acceder a sus propios registros médicos y contratar con proveedores de atención médica licenciados de su elección
- •El derecho a administrar sus propios asuntos financieros o designar a alguien para hacerlo, con contabilidad precisa si la instalación administra fondos
- •El derecho a retener y usar sus pertenencias personales, incluyendo ropa y muebles, según lo permita el espacio
- •El derecho a salir o partir de la instalación en cualquier momento y a no ser encerrado en ninguna habitación, edificio o en las instalaciones
- •El derecho a asistir a servicios religiosos o actividades de su elección y tener visitas del asesor espiritual de su elección
- •El derecho a ejercer sus derechos como residente de la instalación y como ciudadano, incluyendo el derecho a votar
- •El derecho a presentar quejas y recomendar cambios en políticas, procedimientos y servicios sin temor a represalias, restricción, interferencia, coerción o discriminación
- •El derecho a acceder a defensores, incluyendo el Programa del Defensor del Cuidado a Largo Plazo, para ayudar a resolver quejas
- •El derecho a la confidencialidad en el tratamiento de registros personales, sociales, financieros y médicos
- •El derecho a estar libre de restricciones físicas o químicas utilizadas para disciplina o conveniencia del personal (las restricciones requieren una orden del médico para necesidad médica específica)
- •El derecho a participar y beneficiarse de servicios y actividades comunitarias para lograr el nivel más alto posible de independencia
Presentar Quejas
Si tiene inquietudes sobre su atención o tratamiento, tiene el derecho de presentar una queja. Las quejas se pueden hacer a:
- La administración de la instalación
- La División de Licencias de Cuidado Comunitario del Departamento de Servicios Sociales de California
- El Programa del Defensor del Cuidado a Largo Plazo
Usted tiene el derecho de presentar una queja sin temor a represalias, restricción, interferencia, coerción o discriminación.
Departamento de Servicios Sociales de California - División de Licencias de Cuidado Comunitario
Para presentar una queja con la agencia de licencias:
744 P Street, MS 9-17-47, Sacramento, CA 95814
Teléfono: (916) 657-2586 o visite su oficina regional local
Sitio web: www.cdss.ca.gov/inforesources/community-care-licensing
Programa del Defensor
El Programa del Defensor del Cuidado a Largo Plazo brinda servicios de defensa para residentes de instalaciones de cuidado a largo plazo. Los defensores son voluntarios capacitados que trabajan para resolver quejas y proteger los derechos de los residentes.
Contact Information
California Long-Term Care Ombudsman Program
Phone: 1-800-231-4024 (toll-free)
Decisiones Médicas y Directivas Anticipadas
Usted tiene el derecho de tomar decisiones sobre su atención médica. La ley de California proporciona varias herramientas para ayudarlo a planificar decisiones médicas futuras:
Directiva Anticipada de Atención Médica:
Le permite especificar sus deseos para el tratamiento médico si se vuelve incapaz de tomar decisiones. Puede nombrar un agente para tomar decisiones por usted y especificar tratamientos que desea o no desea.
Poder Notarial para Atención Médica:
Le permite nombrar un agente para tomar decisiones por usted. Su agente puede tomar decisiones solo cuando usted no pueda tomarlas usted mismo, a menos que especifique lo contrario. También puede permitir que su agente tome decisiones antes, si lo desea.
POLST (Órdenes del Médico para Tratamiento de Sostén de Vida):
Un formulario de orden médica que especifica los tipos de tratamiento de sostén de vida que desea o no desea en una situación de emergencia.
Proporciones de Personal de Atención Directa (AB 508)
La Ley de la Asamblea de California 508 (AB 508) establece proporciones mínimas de personal de atención directa a residentes para Instalaciones de Cuidado Residencial para Ancianos (RCFEs). Esta legislación asegura que las instalaciones mantengan niveles adecuados de personal para brindar atención y supervisión de calidad para todos los residentes.
En Granada Residence, estamos comprometidos a mantener niveles de personal que no solo cumplan sino que excedan los requisitos de AB 508. El personal adecuado es esencial para brindar atención personalizada y atenta a cada residente.
Mantenemos proporciones de personal de atención directa a residentes que cumplen con los requisitos de AB 508
Nuestro personal recibe capacitación continua en atención al residente, protocolos de seguridad y procedimientos de emergencia
Realizamos evaluaciones regulares para asegurar que los niveles de personal sean apropiados para las necesidades de los residentes
La cobertura 24/7 asegura que las necesidades de seguridad y atención de los residentes se cumplan en todo momento
Información Adicional sobre los Derechos del Residente
Acuerdo de Admisión
Usted tiene el derecho de revisar y entender su acuerdo de admisión antes de firmar. El acuerdo debe indicar claramente los servicios proporcionados, tarifas, políticas y sus derechos. Puede solicitar una copia del acuerdo en cualquier momento.
Derechos de Transferencia y Alta
Usted tiene el derecho de recibir aviso por escrito al menos 30 días antes de cualquier transferencia o alta (excepto en situaciones de emergencia). La instalación debe proporcionar una razón para la transferencia o alta e información sobre su derecho a apelar. Las transferencias o altas deben cumplir con las regulaciones del Título 22 y no pueden ser discriminatorias.
Políticas y Procedimientos de la Instalación
Usted tiene el derecho de revisar las políticas y procedimientos de la instalación, incluyendo aquellos relacionados con atención, servicios, tarifas y responsabilidades del residente. Las políticas deben estar disponibles para revisión y cumplir con las regulaciones del estado de California. Puede solicitar copias de las políticas en cualquier momento.
Descargo de Responsabilidad Legal
Los siguientes descargos de responsabilidad se aplican a la información en esta página:
- Esta información se proporciona solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, médico o profesional
- Los derechos de los residentes están protegidos por la ley estatal de California, y esta página resume los derechos clave pero no es una lista exhaustiva
- Para preguntas legales específicas o inquietudes sobre sus derechos, por favor consulte con un abogado o contacte a la agencia regulatoria apropiada